¡Pedilas ahora o solicitáselas a tu productor!

    Para nosotros es muy importante salvaguardar tu privacidad y proteger tus datos. Esta política se encuentra establecida en las normas y procedimientos internos de HDI.

    Diferentes tipos de Actividades… Diferentes Soluciones

    Una amplia gama de seguros que tienen en cuenta el presente y también lo que puede deparar el futuro.

    Protegé tu inversión

    Incendio
    Ideal para apagar las preocupaciones.

    Cristales y carteles
    Un seguro fuerte y resistente.

    Daños climáticos
    Una ráfaga de seguridad que llega para quedarse.

    Seguro técnico
    Las máquinas llegaron para darte soluciones, no preocupaciones.

    Responsabilidad civil
    Que tu responsabilidad llegue hasta donde empieza la nuestra.

    Robo
    Tu bienestar es tuyo y nadie te lo puede quitar.

    Seguro técnico contratistas

    Cubrimos de Sol a sombra tus maquinarias e instalaciones.

    Transporte importación y exportación
    Exportación y Tránsito dentro de la República Argentina.
    Vía Marítima, Aérea y Terrestre.

    Flota de autos
    Optá por el camino más seguro y contá con la más amplia protección para tus vehículos.

    Todo riesgo construcción
    Poné los cimientos para un trabajo más seguro.

    Todo riesgo operativo
    Cuando no dejás nada librado al azar, trabajás mejor.

    Comercio
    Un seguro hecho a la medida de tu tranquilidad.

    Consorcio
    Compartí con tus vecinos la seguridad de estar bien protegido.

    Protegé tu gente

    Accidentes personales
    Completa protección en cada momento y en cada lugar.

    Vida colectivo
    Protección frente a los imprevistos.

    Sepelio
    Contención y servicio frente a los imprevistos de la vida.

    Asistencia médico farmacéutica

    Obligaciones patronales:

    Ley de contrato de trabajo
    (Ley Nº 20.744).
    Seguro optativo Indemnización Obligatoria.

    Vida obligatorio
    (decreto Nº 1.567/74).

    Seguro de Vida Obligatorio para empleados Rurales
    (Ley Nº 16.600).

    Convenio mercantil
    (Artículo 97 de la Convención de Trabajo Nº 130/75).
    Para los empleados de comercio.

    Si no encontraste lo que buscabas, ¡Charlemos!

    HDI Seguros S.A.
    Tte. Gral. Juan D. Perón 650 5º Piso
    (C1038AAN) Buenos Aires, Argentina
    Nº Inscripción IGJ: 12.533 | 10.05.1961

    Servicio de atención al asegurado
    Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.

    N° de Inscripción de SSN
    0335

    Departamento de Orientación
    y Asistencia al Asegurado

    0800-666-8400

    La entidad aseguradora dispone de un Servicio de Atención al Asegurado que atenderá las consultas y reclamos que presenten los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y/o derechohabientes.

    En caso de que existiera un reclamo ante la entidad aseguradora y que el mismo no haya sido resuelto o haya sido desestimado, total o parcialmente, o que haya sido denegada su admisión, podrá comunicarse con la Superintendencia de Seguros de la Nación por teléfono al 0800-666-8400, correo electrónico a consultas@ssn.gob.ar o formulario disponible en la página argentina.gob.ar/ssn

    El Servicio de Atención al Asegurado está integrado por:

    RESPONSABLE Gómez Monge Sabina Alejandra
    TELÉFONO 5300-3300 INTERNO 3307

    SUPLENTE Ochoa Noelia Mariel
    TELÉFONO 5300-3300 INTERNO 3375

    ASOCIACION DE DEFENSA DEL ASEGURADO, CONSUMIDORES Y USUARIOS – ADACU- ASOCIACION CIVIL) C/ HDI SEGUROS S.A. S/ORDINARIO”

    HDI Seguros S.A. informa que en los autos “ASOCIACION DE DEFENSA DEL ASEGURADO, CONSUMIDORES Y USUARIOS -ADACU- ASOCIACION CIVIL) c/ HDI SEGUROS SA s/ORDINARIO” (Expte. N°COM 5487/2015), que tramitan ante el Juzgado Nacional Comercial N°22, Secretaría N°43 con sede en M. T. de Alvear 1840, piso 3°, of. 342, se ha dado curso formal a un proceso colectivo que involucra a los trabajadores asegurados en la aseguradora demandada (HDI Seguros SA) por seguros de vida contratados colectivamente en los términos del art. 25.3.9 del RGAA, a quienes no se les entregaron los certificados de incorporación, ni los individuales de cobertura, en cumplimiento con lo estipulado en el apartado 25.3 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, cuyos beneficiarios o asegurados inválidos, ante la ocurrencia del siniestro, se habrían visto privados de percibir las indemnizaciones a las que tendrían derecho por la producción de los siniestros amparados por la póliza, o cuando sólo habrían cobrado una parte de ella, por los hechos ocurridos a partir de los tres años anteriores a la promoción de esta demanda (16/03/2015), sin perjuicio de lo que pueda decidirse, oportunamente, respecto de la defensa de prescripción opuesta por la demandada y de la dispensa de prescripción invocada por la accionante. Asimismo, se hace saber que la eventual sentencia a dictarse hará cosa juzgada para las demandadas y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que, dentro de plazo de (30) treinta días contados a partir del último día de publicidad ordenada, manifiesten en el expediente su voluntad en contrario (art. 54 LDC). La resolución que ordena el presente dispone: “Buenos Aires, 26 de agosto de 2022. (…) 5. En razón de todo lo expuesto, RESUELVO: (…) c. A los fines de garantizar la adecuada notificación de todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio se dispone en este acto el anoticiamiento mediante avisos por 3 días en el Boletín Oficial y por 30 días en las páginas web de ADACU y HDI Seguros SA, de manera destacada. (…) Fdo. Margarita R. Braga, Juez”.
    “Se hace saber que el expediente se encuentra disponible para su consulta pública en https://www.pjn.gov.ar/, ingresando con número de expediente y año”.